PRESENTACIÓN
I
EL FUNDAMENTO JURÍDICO-NORMATIVO DE LA ELABORACIÓN DE UNA MEMORIA JUDICIAL
Todo Poder público está sujeto a los principios de transparencia y a la rendición
de cuentas. Esos principios imponen hacer público un balance del estado de la Justicia en la Región de Murcia referido al año 2008. Lo exige el artículo 152.1. 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuando atribuye a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia la elaboración de una memoria anual expositiva sobre el funcionamiento del Tribunal, refiriéndolo al 31 de diciembre, precisando que “la memoria deberá contener, en todo caso, la indicación de las medidas que se consideren necesarias para la corrección de las deficiencias advertidas”. Como viene siendo habitual, el índice temático de esta memoria anual se construye sobre una estructura presidida por la visión integral que viene proyectando el Tribunal Superior de Justicia en la región. Actividad gubernativa, costes de la justicia, funcionamiento de los Juzgados y Tribunales de la región, relaciones institucionales, actividades formativas, relación de necesidades y medios de comunicación.
Un documento técnico como es una memoria anual de la actividad judicial, con sus cifras y gráficos, no deja de ser una figura poliédrica que tiene la ductilidad de mostrarse en distintas dimensiones. Tiene lados descriptivos (los datos estadísticos), otros analíticos (que permite diagnosticar las disfunciones del sistema), y estos se desdoblan en planos más activos que se traducen en propuestas de medidas. A su vez, cronológicamente estas facetas se proyectan en dimensiones temporales distintas: el pasado (para conocer de la evolución del aumento de la litigiosidad y la capacidad de respuesta de los tribunales que sirva como elemento de comparación) y el presente (realidad de la que partimos). Todo ello para afrontar el futuro de la Administración de Justicia en la región teniendo en cuenta el presente y conociendo el pasado, que viene en definitiva a plasmarse en las páginas que siguen. Pronóstico que lo hacemos con la mirada puesta en lograr el máximo grado de aceptación, de eficacia y de confianza del ciudadano.
No es esta ocasión, ni lugar, para abrumar con las cifras. Ese supuesto alejamiento objetivo (“la frialdad del dato estadístico”) necesariamente integrado en una memoria judicial no puede tampoco verse como una debilitación, sino como un reforzamiento metódico, semejante al que pone en práctica el saltador cuando retrocede frente al obstáculo precisamente para superarlo mejor. En pocas palabras: un balance, con datos fidedignos, nos da seguridad en el diagnóstico del estado de la justicia en la región, al tiempo que perspectiva en la elaboración de propuestas y proyectos a sugerir al Consejo General del Poder Judicial y a la Administración Pública competente en materia de administración de justicia. Pero tampoco, nuestro balance debe estar exento de autocrítica.
II
LOS ESCENARIOS DE REFLEXIÓN Y ACTUACIÓN: BALANCE, NECESIDADES Y PROPUESTAS DE MEJORA Y MODERNIZACIÓN
Esta memoria judicial contiene tres escenarios de reflexión y actuación: el inherente a un balance; el escenario de necesidades y las propuestas de mejora y modernización.
1. EL INGRESO DE ASUNTOS: VALORACIÓN DEL INCREMENTO DE LA
LITIGIOSIDAD
Sirva para empezar los datos relativos a volumen de ingreso asuntos y crecimiento de planta judicial.
Los órganos judiciales de todos los órdenes jurisdiccionales (civil, penal, social y contencioso-administrativo) en nuestra región ingresaron 277.144 asuntos en 2008.
Con relación al año 2007, han ingresado 21.351 asuntos más. La tasa de resolución ha sido sensiblemente inferior con relación a 2007 puesto que frente a los 251.983 asuntos ese año, en 2008 resolvieron 248.760 asuntos.
La explicación de estas cifras envuelve complejos factores: a) constatan la consolidación de una sociedad litigiosa y de expansión legal y judicialización de controversias, así como de conductas que el legislador ha tipificado como delito o falta; b) la situación de crisis económica; c) el estancamiento, por falta de desarrollo normativo, del sistema de gestión y organización en las oficinas judiciales; y d) al tiempo que han venido marcados por circunstancias conflictivas –la incidencia de la huelga de funcionarios en el primer trimestre de 2008– y en las postrimerías de año por los primeros ecos de protestas en el seno de la carrera judicial. Ahora bien, las cifras serían distintas, y más positivas, si los Planes de Urgencia, la inmensa mayoría para reforzar la oficina judicial con funcionarios e incrementar la plantilla (concretamente en los Juzgados de Primera Instancia en Murcia de más reciente creación y de Primera Instancia e Instrucción en Caravaca), que la Sala de Gobierno del TSJ propuso durante 2008, y sigue haciéndolo en 2009, y que fueron elevados al CGPJ, no hubieran sido denegados por el Ministerio de Justicia. Téngase en cuenta que tales planes de urgencia se han venido proponiendo por la Sala de Gobierno del TSJ siguiendo un protocolo riguroso –acogido, por cierto, en las Conclusiones de Reunión de Presidentes de TSJ celebrada en octubre de 2008 en Zaragoza– , exigiendo rendición de cuentas. Las razones de la negativa ministerial acogidas la más de las veces a lo presupuestario, y en ocasiones a la pronta implantación de nueva oficina judicial, sin duda, a la larga han mutado lo que no era más que un retraso coyuntural en estructural, determinando que la solución no pueda ser otra que el crecimiento de nuevas unidades judiciales.
Continuando con la metodología expositiva de anteriores memorias, mostraremos en gráficos una valoración estadística comparativa de los diferentes órganos judiciales, tasa de resolución y pendencia en la tramitación. Pese al esfuerzo resolutivo, preocupante es la tasa de pendencia en los órganos de lo civil, en la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, y sobre todo de determinados órganos judiciales mixtos (Juzgados de Primera Instancia e Instrucción) de partidos judiciales como los de Totana –fundamentalmente el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno–, los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 a 3 de San Javier, los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 y 2 de Cieza, la pendencia penal en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Jumilla, la carga que soportan los Juzgados de Molina de Segura.
Los efectos de la crisis económica han impactado de manera preocupante en el único Juzgado de lo Mercantil –lo que determinó, como después señalaremos, la creación urgente de un segundo Juzgado– y sobre todo en los Juzgados de lo Social de la Región (tanto en Murcia y Cartagena), y singularmente en los Juzgados de Primera Instancia, particularmente en los de Murcia que hasta ahora presentaban una razonable tasa de pendencia y resolución, disparándose en los últimos meses. También interesa destacar, que los delitos relativos a la corrupción han sido objeto de conocimiento por determinados órganos de la jurisdicción penal no sólo de la instancia sino también, por la presencia de aforados, en la Sala de lo Civil y Penal del TSJ.
Reflejaremos también cifras y gráficos de una valoración estadística de los diferentes órganos judiciales en la vertiente de la tutela judicial efectiva que comporta la ejecución de resoluciones judiciales. El artículo 117 de la Constitución Española establece que la función jurisdiccional atribuida a Jueces y Magistrados se integra básicamente en “juzgar y hacer ejecutar lo juzgado”. No obstante, debe observarse que la función constitucional de que los jueces lleven a término las sentencias, se limita a garantizar y promover el cumplimiento; habiendo de hacerse además en los concretos términos expresados en la Ley. Y en este punto el cumplimiento racional y ordenado de los actos de ejecución integra, y es esencia misma, el ámbito de organización de la oficina judicial. En esta línea, desde el TSJ se ha impulsado la creación del nodo de coordinación penal como mecanismo para coordinar las distintas instancias implicadas en el sistema penal, proponiendo la resolución de las disfunciones existentes y mejora de las prácticas de funcionamiento, entre cuyos resultados destaca el impulso dado a la problemática surgida en materia de ejecución de penas de trabajo comunitario, suspensión de penas y medidas de seguridad.
2. EL CRECIMIENTO DE ÓRGANOS JUDICIALES: VALORACIÓN Y EFECTOS
El número –ratio– de magistrados y jueces por 100.000 habitantes en fecha 31 de diciembre de 2008 alcanza los 9,2. En 2004 y 2005 apenas superaba el 7,2. Pese al importante incremento en el aumento de planta, la región de Murcia sigue estando en los últimos peldaños en dicha ratio con relación a otras Comunidades Autónomas, máxime si tenemos en cuenta el progresivo incremento de nuestro censo demográfico que en la actualidad se cifra según el Instituto Nacional de Estadística en 1.445.410 habitantes, lo que supone un aumento del 1,4 con relación a enero de 2008.
Con todo, en el cuatrienio 2005-2009 el crecimiento de planta judicial en toda la región no es desdeñable: 35 unidades judiciales. Al término de 2009 contaremos 139 plazas de jueces y magistrados en la región. Crecimiento de planta judicial que ha venido acompañado –aunque no en la medida acorde a las crecientes necesidades– del número de secretarios judiciales, fiscales y funcionarios judiciales. Y con el comienzo de año se ha sumado un importante indicador de estabilidad y reforzamiento de la planta judicial: la elevación a categoría de Magistrado del partido judicial de Molina de Segura, convirtiéndose así en el cuarto partido (junto con Murcia, Cartagena y Lorca), de once total, con esa categoría.
La creación de nuevos órganos judiciales además de producir el natural efecto de incrementar la plantilla (juez, secretario judicial y funcionarios), también produce otros efectos que afectan al funcionamiento no sólo de esos órganos judiciales de nuevo destino, sino también en los de origen o procedencia, así como el movimiento de la bolsa de interinidades para cubrir esas vacantes.
Por otra parte, hay que subrayar que la escasez de plantilla de jueces titulares, el crecimiento de la planta judicial en la región, unido a otros factores como la congelación de ascensos forzosos, así como otras incidencias, han llevado a extender y generalizar el llamamiento de jueces sustitutos, en índice superior al habitual. La Sala de Gobierno ha estado muy atenta a estas variables y ha intensificado el sistema de selección, e instaurado para el año judicial venidero la regionalización de la bolsa de jueces sustitutos con el fin de lograr un mejor funcionamiento del sistema sin necesidad de acudir a los procedimientos extraordinarios de nombramiento por la vía de urgencia. Líneas de actuación que también están presentes en lo que concierne a las situaciones de interinidad de las secretarias judiciales.
Igualmente, los efectos de la creación de nuevos órganos judiciales genera la inevitable movilidad de funcionarios titulares, y los efectos que comporta en ocasiones de desmantelamiento de unidades judiciales. Ahora bien, de mayor gravedad son las consecuencias del llamamiento de funcionarios interinos de nuevo cuño, sin formación específica, puesto que incide en la calidad del servicio, y distorsiona el funcionamiento de la oficina judicial.
Como enfatizamos con anterioridad, si se hubiera atendido la petición de refuerzos contenidas en los Planes de Urgencia, no estaríamos hablando de concentrar esfuerzos en la necesidad de crear sólo unidades judiciales. La razón es bien simple: en momentos coyunturales hay que ser prudentes a la hora de hablar de creación de órganos judiciales, ya que la vía natural es el refuerzo de órganos judiciales de manera transitoria. Fórmula que no está reñida con la imperiosa necesidad de crear más plazas de jueces, que pueden perfectamente ejercer su función adscritos a un órgano judicial, en la línea de la creación de la figura de jueces volantes.
III
LA CREACIÓN DE NUEVAS UNIDADES JUDICIALES Y NUEVAS PROPUESTAS: SU FUNDAMENTO ANALÍTICO
Una vez más conviene insistir en que la planta judicial debe estar adecuada a la real litigiosidad de nuestra sociedad. Y esto debe producirse simultáneamente aumentado el número de jueces, al tiempo que llevando a cabo un estudio científico de la planta y sus necesidades reforzando en medios personales y materiales la oficina judicial.
1º) En 2008. Este estudio lo viene haciendo con regularidad la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. En 2008 se cumplieron, al menos, las prioridades de las propuestas hechas por este órgano de gobierno dirigidas al Ministerio de Justicia y Consejo General del Poder Judicial. En total seis nuevas unidades judiciales se constituyeron en diciembre de 2008:
Se reforzó la jurisdicción contencioso-administrativa con la creación de dos Juzgados de lo contencioso-administrativo en Murcia –números 7 y 8–.
Se incrementó con una nueva unidad judicial el partido judicial de Cieza, constituyéndose el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4. Escasamente en dos años, dicho partido judicial ha duplicado su planta judicial.
Se constituyó una nueva unidad judicial en San Javier: el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 6. El dato tiene una importante repercusión al alcanzar esta cifra de órganos judiciales, la Sala de Gobierno del TSJ propuso al Consejo General del Poder Judicial la elevación a categoría de magistrado para servir en dicho partido judicial, propuesta acogida recientemente por el Pleno del citado máximo órgano de gobierno.
El segundo Juzgado de lo Penal en Lorca, cuya circunscripción territorial comprende los partidos judiciales de Lorca y Totana, y alivia la carga que venía soportando el único Juzgado de lo Penal hasta ahora existente.
Finalmente, con la creación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 en Jumilla, desaparece el único partido judicial con un solo órgano judicial. Todas estas creaciones de órganos judiciales se inscriben en esa línea de crecimiento de planta judicial en toda la región, con la finalidad de atender el progresivo e imparable incremento del volumen de asuntos ingresados en los órganos judiciales, donde no falta la visión integrada de equilibrio regional.
2º) En 2009. La creación de las concretas unidades judiciales ya programadas fue sugerida por la Sala de Gobierno del TSJ. La lista, por supuesto, arrojaba cifra muy superior. Ello aconsejó que la Sala de Gobierno elaborara un estudio integral de planta judicial ofreciendo una estimación del crecimiento de unidades judiciales para 2009. Específicamente para el año judicial 2009 las propuestas de nueva creación de órganos judiciales: a) alcanzan en número diez unidades judiciales; b) se ordenan por prioridad, en la que los juzgados de lo Penal –imprescindible en Cartagena–, ocupan un lugar preeminente; y c) se extienden a todos los órdenes jurisdicciones. Estas propuestas tendrán en el curso de 2009 su materialización. Concretamente para diciembre de este año está prevista la constitución de un nuevo Juzgado de lo Penal en Murcia, el 6, el Juzgado de Instrucción número 9 en Murcia, el Juzgado de Primera Instancia número 13 en Murcia, el Juzgado de lo Penal número 3 de Cartagena, y una nueva plaza de Magistrado en la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ.
Hay que hacer notar que determinadas incidencias sobrevenidas por todos conocidas, la situación socio-económica regional, estatal y de globalización del mercado, fueron objeto de estudio por el Tribunal Superior de Justicia, y dieron lugar a la adopción de medidas proyectadas a corregir sensiblemente dichas previsiones en el sentido de considerar la creación y/o reforzamiento de las jurisdicciones más sensibles a las nuevas circunstancias de recesión y/o crisis económica. Tuvieron su cristalización en la creación el 1 de abril de 2009 del Juzgado de lo Mercantil número 2, con ámbito de competencia para toda la Región.
Lo que interesa destacar es que la Sala de Gobierno del TSJ cuando trata de proponer a la Administración competente nuevas unidades judiciales emplea un método de trabajo armónico con el fijado por el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial. El crecimiento de planta debe estar soportado sobre indicadores (módulos de entrada –asuntos que ingresan en cada órgano judicial–), y a partir de aquí combinándolo con otros datos extraídos de fuentes como las inspecciones y población. Sentada esta premisa la regla es priorizar, puesto que las necesidades son muchas y crecientes y los recursos escasos y hay que establecer fórmulas de racionalización. Esos son los ingredientes que componen la fórmula de la Sala de Gobierno del TSJ para adoptar medidas, sin olvidar, por supuesto, el mantenimiento de un equilibrio regional. Sólo así es factible delimitar objetivos claros, lograr credibilidad y obtener resultados.
IV
EL NECESARIO EQUILIBRIO ENTRE LA CREACIÓN DE NUEVAS UNIDADES JUDICIALES Y LA MEJOR GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN: LA ESPERADA OFICINA JUDICIAL
Ahora bien, el incremento numérico hay que concordarlo con esa gran asignatura pendiente que es la organización, la racionalización de medios personales y materiales, en suma, la mejor gestión. Esa nueva gestión tiene nombre y vehículo propios: la oficina judicial; y una medida instrumental expresa: las tecnologías de la información y telecomunicación. Mientras sigamos anclados en viejos esquemas organizativos, poco podemos avanzar y adentrarnos en una justicia moderna sin el impulso legislativo urgente de las reformas procesales pertinentes para adaptar el diseño de oficina judicial dibujada en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es cierto que reclamamos más medios personales y materiales, pero también somos conscientes de que la solución al problema pasa también por la correcta gestión de medios.
En efecto, los principales problemas de la justicia en nuestra Región, y por extensión en el resto de España, es la percepción de lentitud, derivada en buena medida de la falta de medios, falta de jueces y personal, y sobre todo de la masificación litigiosa (acumulación de asuntos).
A todos nos interesa que la Justicia funcione. Nuestra preocupación reside en ofrecer una justicia de calidad, y, sin duda, un medidor claro para conseguirlo es que el juez pueda atender con tiempo el asunto. Hace falta más inversión en Justicia. Ya he indicado que en el último cuatrienio la Región ha experimentado un importante impulso. No debemos negar esa evidencia: 35 unidades judiciales; nuevos edificios judiciales en Jumilla, Cieza, I Fase de la Ciudad de la Justicia, inicio de la II Fase de la Ciudad de la Justicia, y próxima terminación de las obras del edificio judicial de Mula.
A ello se agregan las nuevas instalaciones para el Registro Civil de Murcia y la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en ocasiones a costa de incidir en la dispersión y consiguiente incomodidad, pero con esfuerzo, y con el apoyo de los Colegios de Abogados, Procuradores y de Graduados Sociales. No son horas para el lamento y la instalación en la queja: estamos en pleno movimiento. Por el contrario, nuestra disponibilidad debe estar imbuida de una mentalidad abierta y preparada para el cambio, pues, a pesar de las dificultades, debemos trabajar sin descanso para mejorar el funcionamiento de la Justicia.
Por eso es bueno lanzar a la sociedad un mensaje de confianza en esa labor. Lo indicaba el nuevo Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial en el Discurso de apertura de los Tribunales: “gozamos de una Judicatura competente y eficaz –así deben saberlo los ciudadanos– como garantía del Estado de Derecho”.
Hacen falta más jueces; hace falta más organización de nuestros recursos, todos hablamos de reformas de la Justicia, cuando de lo que hay que hablar es de transformación, de un nuevo modelo. Y si ha habido una idea-fuerza del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia es tener muy presente que estamos inmersos en la gestión del cambio. Cambio se va a producir, es más: se está produciendo. Hace escasos años hablábamos de oficina judicial y había que explicarla; hablamos de innovaciones tecnológicas como realidades puramente virtuales, y hoy empiezan a ser realidades tangibles (Lex-Net, sistema de gestión gubernativa, generalización de las vías telemáticas en las comunicaciones internas y externas); hablábamos de nueva gestión y organización de recursos humanos y sonaba a algo muy lejano, en la actualidad nadie duda de que la oficina judicial es imprescindible.
Hoy pese a la crisis de crecimiento en todos los ámbitos (casi dos mil jueces en doce años en España, y en la Región doblando en ese tiempo su planta; nuevas reformas legislativas algunas de ellas efímeras, nuevos procedimientos que exigen inmediación permanente del juez –sobre todo del civil–, lo que provocó el recorte de trámites escritos que antes de la LEC 2000 exigían altas dosis de concentración de funcionarios, y ahora por el contrario esa ley no vino acompañada de la reforma orgánica para la plasmación de la oficina judicial y creación de servicios comunes), unido todo ello al crecimiento exponencial de litigios sin previsiones de inversión, y poca o ninguna planificación dirigida a ordenar y reducir litigiosidad, han puesto a prueba el sistema reflejando su falta de operatividad, su obsolescencia, su antigüedad.
V
EN EL HORIZONTE: LA REORDENACIÓN TERRITORIAL DE LA JUSTICIA: CONTENCIÓN EN LA CREACIÓN DE PARTIDOS JUDICIALES. LA CENTRALIZACIÓN “DESLOCALIZADA” Y LA APUESTA POR LA COMARCALIZACIÓN
En materia de planta y demarcación, la CA debe tener un protagonismo fundamental. Lo establece la LOPJ y el Estatuto de Autonomía. Específicamente en lo que se refiere a determinación del número de partidos judiciales, la ampliación de los mismos, dadas las características orográficas, extensión, concentración de núcleos de población, buena vertebración de las comunicaciones, así como los esfuerzos inversores en la creación de sedes judiciales en los 11 partidos judiciales en la actualidad existentes, aconsejaría, de momento, no optar por la fórmula de ampliación de número de partidos judiciales.
No debe descartarse el reequilibrio vía integración (creación de áreas metropolitanas) o desgajar algún municipio para incorporarlo a otro partido judicial. Con todo, la clave está en emplear fórmulas más modernas y que se adapten mejor a las características de región. El nuevo modelo de oficina judicial debe aspirar a concentrar recursos y unidades judiciales en las áreas judiciales, y todos y cada uno de los municipios deben contar con presencia de sucursales judiciales –servicios de presentación de escritos y otros trámites– con el efecto y propósito fundamental de acercar y hacer accesible la justicia a los ciudadanos.
Sin duda, la potenciación de la comarca se erige en instrumento óptimo para ello. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia lo dice con claridad en su Exposición de Motivos (“La Región de Murcia en el pleno respeto a los derechos fundamentales y a las libertades públicas impulsará el desarrollo de las distintas comarcas de la región sobre la base de unas relaciones armónicas que permitan terminar con los desequilibrios regionales internos”).
VI
LOS REGISTROS CIVILES. LA JUSTICIA DE PAZ
El abandono en el que se encuentran los Registros Civiles de la región aconseja la modernización de los mismos, en tanto constituyen la necesaria garantía del estado civil de las personas, lo que debe traducirse en la adecuada dotación de los medios materiales con que cuenten los Encargados, la conexión informática entre ellos, y la necesaria unificación de los criterios a la hora de interpretar la normativa aplicable.
Un logro conseguido ha sido la nueva ubicación del Registro Civil de Murcia en una sede más moderna, mejorando las condiciones de accesibilidad del ciudadano. El siguiente paso a emprender, y que tendrá su materialización a finales de 2009, es la reubicación en un nuevo local del Registro Civil de Cartagena, que se hará en un espacio acorde, amplio, funcional con el servicio público al que se contrae. Su sede actual, completamente colmada, provoca grandes incomodidades al usuario y al personal por problemas de espacio y proximidad con las dependencias del juzgado de guardia. Lo anterior no es obstáculo para insistir en la petición de que el Registro Civil de Cartagena, por su entidad y carga de trabajo, se organice en régimen de exclusividad sin compartir otras tareas jurisdiccionales como sucede en la actualidad al estar atribuida esa función al Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Cartagena.
VII
ÁMBITO CONCURSAL
Pocos y, a lo sumo simbólicos, son los avances en el capítulo de infraestructuras judiciales. Si en el año 2007 se inauguró el moderno edificio de Juzgados de Cieza, sumándose así a los edificios judiciales de Totana y Jumilla; el año 2008 e inicios de 2009 sólo ha contado con la natural ubicación y acomodación de los nuevos Juzgados (los nuevos edificios de Cieza y Jumilla han quedado colmatados); y con algún acto puntual y simbólico: la primera piedra de la II Fase de la Ciudad de la Justicia. En este sentido, el mapa de edificios adolece de importantes lagunas: la indicada II fase de la Ciudad de la Justicia (cuyas obras han comenzado a primeros del año 2009, y tienen prevista su finalización para 2012); la legítima aspiración para que la ciudad de Lorca cuente con una sede judicial moderna pero acorde a su entidad histórico-patrimonial; el rápido agotamiento del edificio judicial de Cartagena que aboca a plantearnos –y ya se han dado pasos para ello– un nuevo espacio arquitectónico a modo de Campus Judicial y la remodelación del Palacio de Justicia en la Avda. del Río Segura. En el horizonte, el nuevo edificio de juzgados en Mula y la necesidad de acometer un nuevo edificio judicial en Caravaca.
VIII
Y EN EL FONDO DEL ESCENARIO DE 2008-2009: LAS TRANSFERENCIAS DE JUSTICIA; LA RENOVACIÓN DEL CGPJ; LAS RELACIONES INSTITUCIONALES; LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LA JUSTICIA; LA PLANIFICACIÓN POR ESCENARIOS: IV JORNADAS SOBRE OFICINA JUDICIAL
La Región tiene pendiente las transferencias en materia de justicia. La Región no permanece ajena al contexto propio de la culminación de los procesos de transferencias pendientes en materia de medios de la Administración de Justicia, conscientes de que con ello las Comunidades Autónomas contribuyen desde principios de eficacia y cercanía a la mejora del funcionamiento del servicio que prestan los órganos judiciales. Las Administraciones Públicas concernidas (Gobierno Central y Autonómico), según puede constatarse en los trabajos de la Comisión de Seguridad y Justicia de la Asamblea Regional, trabajos en los que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia ha intervenido desde un principio, dan idea clara de que se está tomando conciencia del fin en sí mismo que supone asumir y compartir responsabilidades en la conformación del servicio público de justicia, si cabe de los más esenciales en lo público desde el momento en que no admite otra forma de prestación que sujeto a un régimen jurídico público.
Constitucionalmente, el Poder Judicial es único en el Estado español. Pero el diseño constitucional es compatible con la idea de que la Justicia, como servicio público, deba estar presente en el Estado Autonómico. Transcurridos ya más de veinticinco años de nuestro Estatuto de Autonomía, tenemos un gran espacio para la mejora de la justicia en la región de Murcia.
La clave en este tema está sin duda en la necesidad de contar con un diseño estratégico de justicia para la Región, y en este estado de cosas, las Administraciones competentes, entre ella la regional, contará con la lealtad institucional de los jueces y magistrados de esta región.
Por otra parte, como antes adelantamos se están impulsando convenios de colaboración entre Administraciones Públicas (autonómicas, central y locales) y Fiscalía, para ejecución de penas en beneficio de la comunidad.
Asimismo el año 2008 puso fin a la crisis institucional en la renovación de nuestro órgano máximo de gobierno, el Consejo General del Poder Judicial. Fueron nombrados dos vocales territoriales para la Región, Fernando de Rosa Torner, y Miguel Carmona Ruano reforzando la presencia del CGPJ en la Región. Desde el momento en que ingresamos en la carrera judicial y pasamos a integrar el Poder Judicial –poder difuso– también formamos parte de una institución que como tal conforma una organización. Por ello, nuestro deseo de reforzar el Consejo General del Poder Judicial como órgano constitucional garante de la independencia de los Jueces y Magistrados españoles; y desde la lealtad institucional, manifestamos nuestra confianza en que el Consejo General del Poder Judicial impulsará la modernización de la Administración de Justicia con el fin de que Jueces y Tribunales puedan impartir justicia con rigor, independencia y también con la agilidad y eficacia que esperan los ciudadanos.
En otro orden de cosas, el signo de normalidad institucional ha presidido las relaciones institucionales del TSJ con los Colegios Profesionales (los tres Colegios de Abogados de la región, el de Murcia, Cartagena y Lorca, y los de Procuradores, así como el de Graduados Sociales, el Notarial y el de los Registros de la Propiedad, y otros Colegios que colaboran en lo judicial, el de Economistas, de Titulados Mercantiles y Psicólogos). Normalidad institucional latente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Guardia Civil y Policías Locales). La Justicia no es cosa sólo de los jueces, sino de todos, y para el funcionamiento de la justicia, hay que sumar esfuerzos, sumar y no restar, componer soluciones que sean útiles, eficaces y que garanticen siempre la independencia judicial que, en definitiva, es un derecho del ciudadano al que servimos.
Sigue inalterable la regla de que la crítica dirigida contra las resoluciones judiciales produce efectos saludables. No sólo es expresión de un derecho fundamental sino que, además, produce efectos beneficiosos desde el punto de vista de la funcionalidad del sistema. Ahora bien, en pocos ámbitos es más necesaria esa recíproca adecuación entre los principios y la responsabilidad que en el que se refiere a la crítica necesaria y constructiva. En este terreno, la labor del gabinete de prensa y medios de comunicación del TSJ viene siendo fundamental. Van cumpliéndose los objetivos de lograr una mayor comprensión de la labor judicial, que permite conocer incluso sus propias limitaciones, y de facilitar la información a los ciudadanos a través de quienes son fiduciarios de la información judicial: los medios de comunicación.
IX
A MODO DE CIERRE. LA ESPERANZA DE TODOS EN LA MEJORA DEL SISTEMA DE JUSTICIA Y EL ESFUERZO Y EL TRABAJO COMO MEDIOS INDISPENSABLES PARA CONSEGUIRLO
Es momento de cerrar esta presentación. Y lo hago también con un recuerdo simbólico y la cita de un jurista murciano.
Reitero, por su vigencia, lo que expuse en la memoria del pasado año. Recordaba que jueces y secretarios judiciales de la región, junto con otros operadores jurídicos, conmemoramos con una publicación el décimo aniversario del Libro Blanco de la Justicia (Consejo General del Poder Judicial, 1997) resultado del principal intento de diagnóstico del estado de la justicia y del primer diseño estratégico para adentrarnos en la justicia del siglo XXI. El Libro Blanco y después el Pacto de Estado para la reforma de la Justicia, fueron ejemplo de esa nueva actitud. La propia del espíritu de concordia y consenso que marcaron las necesarias líneas de transformación de la prestación del servicio público de justicia. El año 2008, jueces y secretarios judiciales de la Región hicimos un paréntesis en nuestros trabajos sobre oficina judicial. Ese vacío se ha llenado de incertidumbres, conflictos, protestas, crítica al sistema de justicia desde dentro pero lo que es peor, desde fuera, hasta el punto de que la Justicia ha llegado a ser uno de los servicios públicos peor valorados. Cobra así pleno sentido que el Consejo General del Poder Judicial diseñe un nuevo Plan marco de Comunicación que tiene como objetivo prioritario el fomento de la imagen positiva de los jueces y magistrados ante la sociedad.
Ahora bien, este año 2009, dentro del Plan de Formación Descentralizada hemos vuelto a tomar esta iniciativa y llevaremos a cabo las IV Jornadas sobre Oficina Judicial, implicando a jueces y magistrados en colaboración con los secretarios judiciales.
Es el comienzo de una planificación por escenarios de concienciación y diseño del nuevo modelo de justicia.
Ocioso es decir que ningún tribunal puede quedar a resguardo de la crítica tanto de la opinión pública como de la comunidad de los juristas. Y somos plenamente conscientes que nos queda mucho por mejorar, y aspirar a que con la calidad y cantidad de nuestro trabajo los tiempos de tramitación y respuesta sean mejores, las quejas de los ciudadanos sobre atención respetuosa (puntualidad, horarios…) disminuyan al máximo.
El político, humanista, abogado y sobre todo jurista murciano Mariano Ruiz-Funes definía por encima de clichés y calificaciones el espíritu de jurista. Decía cuando se le tachaba de jurista revolucionario lo siguiente: “Soy hace muchos años jurista –tal vez mi nombre les sea conocido como por profesor de Derecho– y soy jurista revolucionario porque no concibo otro tipo de jurista. El jurista ha de construir con la mirada puesta en el porvenir, pensado que el derecho no es una forma sino una función y ha de construir con la visión concreta siempre de un mundo mejor, y ha de pensar que el derecho es un instrumento para la vida, pero para dignificar la vida, para elevar su tono, para mejorar la condición humana”.
Este es el único valor en juego que da sentido a la actuación de los Tribunales de Justicia: que con su función se dignifique la condición humana.
Todos estamos llamados a lograr que la Justicia sea realmente piedra angular de la efectividad del Estado de Derecho. No existe otra garantía final, distinta o mejor a la Justicia, que asegure que los ciudadanos y los Poderes Públicos actúan respetando las normas aprobadas democráticamente por todos. Y en esta empresa estamos todos implicados, los que aparentemente estamos en un lado (jueces, fiscales, secretarios judiciales, funcionarios) y en otro (abogados, procuradores, graduados sociales).
En momento de crisis no sólo económica, sino de modelo de Administración de Justicia hay una fórmula que no falla: trabajar por la Justicia. La demanda de Justicia ha crecido, en cantidad, calidad, y complejidad. Pero la oferta de Justicia ha estado huérfana de buenas ideas (mejor organización y recursos adecuados), y muy escasa de diálogo, consenso, prudencia y voluntad política para, de una vez por todas, hacer del sistema de Justicia un elemento del Estado de Derecho Confiable.
La importancia de la presente publicación no sólo radica en compartir su contenido con los otros Poderes del Estado, con las Administraciones Públicas (Autonómica, Central, Local), organismos y otras instituciones, sino llegar a la sociedad, a la ciudadanía.
JUAN MARTÍNEZ MOYA
Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia